Avalúo para el trámite de crédito ante el INFONAVIT.
Las Unidades de Valuación elaboran los avalúos que describen las características de la vivienda, del conjunto habitacional y del entorno en que se ubica, y también estiman el valor comercial de la propiedad que los derechohabientes van a adquirir con un crédito del Infonavit.
Ser cómoda, higiénica, segura y duradera. Se considerará que una vivienda es segura cuando se ubique en una zona de intensidad de riesgo baja o muy baja, de acuerdo con los Atlas de Riesgo disponibles en el lugar de su localización emitidos por la autoridad competente y demás normativa aplicable en materia de construcción y protección civil; o bien, cuando se ubique en zonas de intensidad de riesgo media, pero cuente con las obras y medidas de mitigación adecuadas sancionadas por las autoridades competentes. No se considerará una vivienda segura a aquella que se ubique en zonas de intensidad de riesgo alta o muy alta.
Asimismo, su estructura deberá garantizar la seguridad física de sus habitantes y la protección ante condiciones climáticas extremas.
Se considerará que una vivienda es duradera cuando tenga una vida útil remanente mínima comprobable de treinta años contados a partir del otorgamiento del crédito.
Las Reglas de Negocio de cada opción de financiamiento, establecerán las características necesarias para garantizar la vivienda adecuada: seguridad de la tenencia, disponibilidad de servicios, instalaciones e infraestructura, asequibilidad, habitabilidad, calidad de la construcción y sus materiales, accesibilidad, ubicación y adecuación cultural, considerando los requerimientos establecidos en la legislación vigente como mínimos.
Contar con instalaciones sanitarias, hidráulicas y eléctricas adecuadas, asi como con las condiciones e instalaciones necesarias para el aprovechamiento de gas L.P., gas natural, electricidad o cualquier otro combustible, sistema o tecnología para cocinar alimentos y para calentar agua y, en su caso, contar con aquellas características adicionales que defina el H. Consejo de Administración del Instituto.
Contar con acceso y conexión efectiva a la provisión de los servicios públicos de energía eléctrica, abastecimiento de agua potable, desalojo de aguas residuales y pluviales, alumbrado público, telecomunicaciones y recolección o disposición de residuos sólidos, de acuerdo con la normativa estatal o municipal aplicable.
REGLAS PARA EL OTORGAMIENTO DE CRÉDITOS A LOS TRABAJADORES DERECHOHABIENTES DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, CAPITULO III, DÉCIMA.
Si compras con un particular, esta es la documentación necesaria:
Escritura con medidas y colindancias.
Boleta de registro en el Registro Público de la Propiedad.
Cédula catastral vigente.
Constancia de Nomenclatura.
Boleta predial.
Planos ó Croquis del inmueble.
Boleta de agua, expedida en un plazo no mayor a tres meses.
Boleta de luz, expedida en un plazo no mayor a tres meses.
Identificación, CURP, y RFC del Solicitante.
Identificación, CURP y RFC del propietario.
Solicitud de avalúo y DTC, llenada y firmada por el solicitante.
Para Vivienda Usada adicionalmente debe contar con constancia de antigüedad que acredite una edad igual o mayor a 36 meses.
Políticas para identificar una vivienda usada.
2.1.2 Constancia de antigüedad de la vivienda o documento equivalente en donde se acredite que la vivienda cuenta con al menos 36 meses de antigüedad respecto a la fecha de certificación del avalúo, y cuya fecha de expedición sea anterior o igual a la fecha de certificación del avalúo. Se entiende por constancia de antigüedad cualquier documento emitido por alguna autoridad local, municipal o estatal, facultada conforme a la normativa vigente aplicable, que haga referencia a la existencia de la vivienda y su antigüedad, debiendo ser consistente con las características descritas en el Avalúo.
2.1.3 Aviso de terminación de obra o equivalente en donde se asiente que la obra fue concluida en un periodo mayor o igual a 3 años anteriores en relación con la fecha de certificación del avalúo, y cuya fecha de expedición sea anterior o igual a la fecha de certificación del avalúo. Se entiende por aviso de terminación de obra o similar, el documento emitido por la autoridad local, municipal o estatal, facultada conforme a la normativa vigente aplicable.